Catalina de Erauso | Entrevista a Andrés Krakenberger
- ¿Estaban los familiares de las víctimas del asesinato realizando diligencias judiciales, ejerciendo presión mediática para buscar a los culpables o actuó la justicia estadounidense de motu propio cuando se produce la detención de Pablo Ibar?
No me consta que fuese a petición de las familias de las víctimas. En principio, cuando se produce un asesinato quien tiene que investigar, y además de oficio, es el estado. Puede haber una acusación popular o su equivalente en los E.E.U.U. pero no me consta que la haya habido. Básicamente ha sido siempre la fiscalía quien ha llevado las riendas del caso.
- El primer juicio de Pablo Ibar fue declarado nulo y se ordenó su repetición después de haber pasado Pablo algunos años en la cárcel. ¿Por qué lo mantuvieron en la cárcel hasta que tuviese lugar el segundo juicio y hasta un tercero a finales del año 2018 en el que le condenaron a muerte por segunda vez?
En un caso de posible pena capital es poco probable en los EEUU que se otorgue libertad condicional al acusado. Incluso en el año 2016 cuando el TS de Florida dictaminó que Pablo había sido condenado en base a pruebas de escasa entidad y poca fiabilidad en el año 2000, además de no haber disfrutado de una defensa eficaz teniendo el juez que ordenar la repetición del juicio, Pablo continuó preso a pesar de que su defensa pidiese la libertad condicional. Esta petición fue denegada en 2017 por dos motivos. En primer lugar, los precedentes se pueden contar con los dedos de una mano y, por tanto, no es habitual que un investigado goce de libertad condicional y, en segundo lugar, el juez que lo juzgaba tuvo un percance pocos días después de que se registrase la petición de libertad condicional en el juzgado. Este juez, que es un juez distinto al que lo juzga ahora, tuvo la mala suerte de que se le escapó un detenido en el tribunal delante de todo el mundo. Ocasionó un revuelo mediático contrario al juez y es posible que esto influyera en su decisión de no otorgar la libertad de Pablo. En esa tesitura, no podía arriesgarse a conceder la libertad condicional a alguien a quien la opinión pública ya había condenado. Primó más el qué diránque el hecho de que, hasta ese momento, no hubiese pruebas concluyentes sobre su culpabilidad.
En la entrega III se analizarán las pruebas que la fiscalía ha empleado en contra de Pablo.
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