Sabino Cuadra | De bandas y bandidos
Las leyes españolas son de parte; es decir, favorecen a algunas personas y perjudican a otras. De ahí se deriva, entre otras razones, que la Justicia no sea imparcial, sino interesada. Para rematar la labor, contamos con una Judicatura que no es independiente, pues mantiene estrechos lazos con distintas instancias políticas, económicas y sociales. Lo del Estado de Derecho y la división de poderes es algo que no está muy claro.
En estas últimas tres semanas he recogido de la prensa un par de noticias procedentes de fuentes policiales, relativas a la actuación de lo que se denominaban bandas u organizaciones criminales. La primera se refería a la existencia en Nafarroa de un “grupo criminal” dedicado a practicar hurtos por el método llamado de “el abrazo”, mediante el cual sustraían a sus víctimas colgantes, collares, relojes, pulseras… Según la noticia, sus miembros eran personas del Este de Europa, de etnia gitana y españolas. La segunda recogía la detención de 48 personas, gran parte de ellas menores de edad, supuestos miembros de dos bandas latinas de carácter “criminal” que operaban en Iruñea (los Blood y los LP –Lealtad Poderosa-), a quienes se les achacaban lesiones, amenazas y daños contra la propiedad. En este caso, tras declarar en sede policial o, en el caso de los cabecillas, pasar por el juez, las cuatro docenas de presuntos criminales han quedado en libertad provisional.
Entre medio de estas dos noticias, una tercera se refería a la imposición por la CNMP (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), de 61 millones de euros de multa a doce constructoras, por formar un cártel con el fin de alterar las licitaciones de servicios de conservación y explotación de carreteras entre los años 2014 y 2018. El importe total de las adjudicaciones así conseguidas alcanzaban los 530 millones. Entre ellas estaba lo mejor de la casa: Acciona, Sacyr, Elecnor, OHL, Ferrovial, ACS… Igualmente, en enero de este mismo año, la CNMP sancionó a seis empresas (Toro, FISL, Grafitos, Candel, GME y Capex) por alterar el mercado de comercialización de combustibles sólidos. En ninguno de estos casos se utilizaba el término “criminal” para referirse a los defraudadores. Lo suyo no parecía ser tan grave.
Los unos, meros rateros y pandilleros (mayormente extranjeros), son calificados policial y mediáticamente como miembros de bandas criminales, razón por la cual les pueden caer penas de entre 1 y 8 años. Sin embargo, los segundos, los cartelistas, de nacionalidad nunca detallada, saldrán de rositas tras pagar las multas impuestas (los beneficios obtenidos suelen ser bastante mayores), pudiendo luego seguir dedicándose a sus labores. Igualdad ante la ley, llaman a eso.
El código penal mide con distintos raseros, según quien sea su autor, los fraudes cometidos contra el erario público. Así por ejemplo, mientras que las defraudaciones a la Hacienda Pública (no pagar impuestos, devoluciones y beneficios fiscales fraudulentos…) solamente son delito a partir de los 120.000 euros (¿quiénes pueden defraudar esas cantidades?), quien obtenga una prestación de la Seguridad Social (desempleo, subsidios,..) ocultando hechos de los que tenía el deber de informar, ocasionando con ello un perjuicio a la Administración, comete un delito desde el primer euro defraudado.
Cambio de tercio. En el caso de los GAL, las sentencias habidas sobre el mismo concluyeron que no podía hablarse de la existencia de grupo terrorista alguno. Se afirmaba que sus acciones eran inconexas entre sí, sin que pudiera determinarse cuál era su estructura interna, la relación jerárquica entre sus participantes, ni las fuentes de financiación de los grupos actuantes. O sea, algo así como que a cada cual le dio por ahí, por secuestrar, asesinar, hacer desaparecer y calcinar personas, sin que hubiera tras ellos una estructura común. El hecho de que las condenas impuestas afectaran a un ministro del Interior, un Secretario de Estado de Seguridad, al Jefe de la Lucha Antiterrorista, el secretario provincial del PSOE en Bizkaia (entonces partido en el Gobierno), los gobernadores civiles de Bizkaia y Gipuzkoa, un general de la guardia civil y varios jefes, comisarios, policías y guardias civiles, no fue suficiente para que el tribunal afirmara la existencia de una banda terrorista.
Hablemos ahora de la familia real. El entorno del rey Felipe VI (su padre, Juan Carlos I, su cuñado Urdangarín, su hermana Cristina, su tía Pilar, su tía abuela Alicia, sus parientes Carlos, Álvaro, Pedro…) ha tenido que ver con abundantes casos de corrupción, prevaricación y blanqueo de capitales, amén de otras debilidades. Por su parte, Felipe VI apareció en su momento como segundo beneficiario de una cuenta secreta suiza, a nombre de una fundación panameña, a donde fueron a parar los cien millones arabo-saudíes que su emérito papuchi obtuvo por distintos trabajos de intermediación real. Pues bien, a pesar de todo esto, tampoco aquí parece existir banda borbónica organizada alguna. Como en el caso de los GAL, se ve que, sin más, les ha dado también por ahí, pero de forma individual e inconexamente. De banda, nada. Tampoco han sido un cártel. Podría tratarse, quizás, de algo genético, que ya se sabe que la sangre azul tiene sus cosas, pero nada más.
En resumen, organizaciones criminales, lo que se dice organizaciones criminales, tal como las define el código penal, tan solo parecen existir las de rateros, pandilleros y traficantes, que no las de las constructoras, eléctricas, energéticas, bancos y todos sus cárteles manipuladores de precios, ofertas y servicios. Y bandas terroristas, lo que se dice bandas terroristas, tan solo la de ETA, sus entornos, los entornos de sus entornos y los entornos de los entornos de sus entornos, porque los GAL nunca fueron terrorismo de Estado y los crímenes de lesa humanidad nunca han existido, ni siquiera con Franco. Lo sigue afirmando el proyecto de Ley de Memoria Democrática que ahora se está tramitando en el Congreso.